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El día 21 de diciembre del presente año, la bancada oficialista de la Asamblea Legislativa en un madrugón aprobó la Ley General de Recursos Hídricos. Ante ello, el Foro del Agua, la Alianza Nacional contra la Privatización del Agua, la Mesa de las Iglesias y la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas, señalamos sobre dicha Ley: 

La Ley continúa perjudicando a las Juntas de Agua Rurales y Urbanas. Esta mantiene el espíritu con que fue presentada en junio pasado por el presidente de la República, es decir una Ley que profundiza la injusticia hídrica. Entre los mecanismos que generan esta injusticia es el cobro del canon a las Juntas de Agua Rurales y Urbanas y que el uso para el abastecimiento de poblaciones no se considera como prioritario.

En El Salvador existen más de 2500 juntas de agua potable rurales y urbanas que abastecen casi al 25% de la población salvadoreña; esta es una obligación del Estado que históricamente ha sido abandonada, por lo que la necesidad ha obligado a que el abastecimiento rural sea asumido por las propias comunidades, con apoyo de las ONG y cooperación internacional.

Si bien la Ley reconoce de manera nominal a las Juntas, no se crea la figura del Permiso de Abastecimiento de Poblaciones Rurales y Urbanas, por medio del cual se pretendía que, en virtud de la función social sin finalidad lucrativa de las Juntas de Agua, la extracción del agua por parte de estas estuviera exento del canon. En consecuencia, al no incorporar esta figura, las Juntas estarán obligadas al pago del canon, lo que podría generar un incremento en las tarifas de las personas de estos sistemas comunitarios, siendo las personas más empobrecidas del país.

Si bien la Ley regula como uso prioritario el uso doméstico y el uso para consumo humano, no incluye el uso para abastecimientos de poblaciones. Los dos primeros son para satisfacer las necesidades básicas familiares de ingesta, aseo personal, limpieza, incluyendo el abrevadero de animales domésticos que no constituya una actividad comercial o lucrativa; mientras que, el uso de abastecimiento de poblaciones es el uso colectivo y sin fines de lucro para abastecer de determinada cantidad y calidad a las comunidades. En este último entran las Juntas de Agua. En consecuencia, al no incorporar el uso de abastecimiento de poblaciones como prioritario en el artículo 63 de la Ley, esto generaría que, por ejemplo, en un conflicto entre el abastecimiento de poblaciones y uso industrial, se corra el peligro que se priorice en el industrial. 

No resuelve la injusticia que generan los Convenios suscritos por ANDA y empresas constructoras. Otro de los mecanismos que genera injusticia hídrica, y favorece el robo y despojo son los convenios entre ANDA y las oligarquías de la industria de la construcción. Este Gobierno continúa suscribiendo convenios entre ANDA y las oligarquías de la construcción, mediante los cuales les entrega agua en concesión para el abastecimiento de sus proyectos urbanísticos, generando con ello escasez en poblaciones empobrecidas; como casos duros de estas prácticas tenemos los Convenios suscritos por ANDA con la Familia Dueñas y

la Familia Poma mediante los cuales asigna inconstitucionalmente más de 25 millones de litros de agua al día. Con esta agua ANDA podría abastecer a medio millones de personas, terminando con el desabastecimiento y la injustica en municipios empobrecidos de Apopa, Tonacatepeque, Cuscatancingo, Soyapango, Ilopango y San Martín.

Esta Ley no resuelve estas injusticias, porque en el contenido de esta no se determina que la ANDA estará obligada en transparentar ante la ASA los convenios vigentes de cooperación con empresas constructoras, tomando en cuenta que la ASA debería ser la encargada de revisar dichos permisos y la competente en tramitar nuevas autorizaciones para el aprovechamiento de conformidad al procedimiento respectivo; además, en el orden prioritario para el uso y aprovechamiento del agua, los grandes proyectos urbanísticos, por su finalidad lucrativa, deben estar al mismo nivel que el uso industrial y comercial, esto se debería establecer expresamente en el cuerpo normativo para que no se priorice el abastecimiento de estos proyectos como uso para necesidades primarias, como se ha hecho hasta la fecha.

Tampoco resuelve la injusticia que se genera en el territorio marino costero del país. La explotación ilegal que realiza la agroindustria azucarera en la zona costera, quienes se escudan en la debilidad estructural que enfrenta el MAG para regular el uso del agua para riego agrícola, causa que la oligarquía azucarera (encabezada por la Familia Regalado) pueda usar libremente toda el agua superficial y subterránea de los territorios costeros, teniendo o no permisos y pagando una miseria por el uso del agua. Sin embargo, esta Ley no busca el fortalecimiento de la institucionalidad y el MAG.

Niega la participación ciudadana. Esta Ley crea una institucionalidad burocrática, vertical y centralizada porque sigue negando la participación ciudadana al no reconocer los Comités de Cuencas.

Esta Ley es genérica al no tratar de resolver la situación de crisis en el país. No desarrolla una gestión sustentable de cuencas a nivel nacional, ni medidas encaminadas a su protección y conservación y pesar que el Río Lempa es la reserva estratégica acuífera más importante del país y que se encuentra en crisis, esta no otorga un Régimen de Administración Especial para este Río; y no aborda con detalle el Sistema de Planificación Hídrica, ni las amenazas transfronterizas que pueden impactar en la cuenca de este río.

Es una ley que privatizara el agua en El Salvador. Según el Art. 71 de la ley, la ASA autorizará el uso del agua a sectores privados en cantidades iguales o mayores a 365,000 metros cúbicos de agua al año por 15 años renovables lo que implicaría que estas grandes cantidades de agua no estarían disponibles para usos prioritarios como el consumo humano doméstico, violentando el derecho humano al agua de la población y en especial de los más pobres y vulnerables.

Como organizaciones sociales continuaremos en la exigencia de una Ley General de Aguas que garantice la sustentabilidad y el derecho humano a la población, por encima de los intereses de cualquier grupo oligárquico del país.

                                                                                                                                              San Salvador, 22 de diciembre de 2021.

¡El agua no se vende, se cuida y se defiende!

¡El agua es un derecho, no una mercancía!

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